Cuba activa el congelamiento inmediato de cuentas y activos sin previo aviso

Una resolución del MININT permite congelar de inmediato cuentas, criptomonedas y otros activos por sospechas, sin aviso previo ni proceso penal

Cuba activa el congelamiento inmediato de cuentas y activos sin previo aviso
Foto | Redes sociales

Redacción| Mayo 20, 2026.

El Ministerio del Interior de Cuba (MININT) puso en vigor una nueva disposición que permite el congelamiento inmediato de cuentas bancarias, activos virtuales y otros recursos económicos de personas naturales o jurídicas bajo sospecha de lavado de activos o vínculos con el terrorismo. La medida comenzó a aplicarse el 18 de mayo de 2026 en todo el país.

La norma queda establecida en la Resolución 6/2026, cuyo artículo 22 ordena el “congelamiento sin demora y sin previa notificación” de los fondos y activos pertenecientes a personas o entidades incluidas en la Lista Nacional o señaladas en resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU.

Según el artículo 3, el alcance del congelamiento no se limita a cuentas bancarias o efectivo. También incluye activos virtuales, término con el que la norma identifica a las criptomonedas, así como recursos económicos como petróleo, cheques, acciones y documentos digitales o electrónicos que acrediten titularidad.

La disposición crea un Grupo Ejecutivo encargado de centralizar las investigaciones financieras. Como órgano rector fue designada la Dirección Técnica de Investigaciones, que coordinará sus acciones con el Banco Central de Cuba.

El artículo 6 precisa que la inclusión de personas o entidades en las listas de congelamiento podrá basarse en información policial o de inteligencia, y aclara que la medida puede adoptarse sin que exista un proceso penal previo. La norma mantiene la presunción de inocencia, al tratarse de una medida administrativa.

Las personas afectadas podrán presentar recursos de reforma o apelación en un plazo de 30 días hábiles, según establece el artículo 40.

Sin embargo, el artículo 42 señala que la presentación de estos recursos no suspende los efectos de la decisión, por lo que los fondos y activos permanecerán congelados durante todo el trámite.

La resolución fue firmada por Lázaro Alberto Álvarez Casas y forma parte del marco regulatorio cubano para la prevención y el enfrentamiento a operaciones financieras consideradas de riesgo, en consonancia con compromisos internacionales asumidos por el Estado.