Gobierno cubano activa nuevas leyes de migración y ciudadanía

El régimen cubano publicó leyes migratorias y de ciudadanía, elimina el límite de 24 meses fuera del país y crea categorías de residencia y de inversión para emigrados

Gobierno cubano activa nuevas leyes de migración y ciudadanía
Foto| © Yamil Lage

Redacción| Mayo 5, 2026.

El régimen cubano publicó este martes en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, edición extraordinaria No. 60, las nuevas leyes de migración, extranjería y ciudadanía, junto con sus reglamentos, lo que activa un marco legal aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular en julio de 2024, pero que permanecía sin publicarse desde entonces.

La información fue dada a conocer en una conferencia de prensa realizada en el Centro de Prensa Internacional, con la participación de funcionarios del Ministerio del Interior de Cuba y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.

De acuerdo con lo expuesto, en la elaboración de las normas intervinieron 37 organismos estatales.

Uno de los cambios centrales es la introducción del concepto de residencia efectiva migratoria, que considera residentes a quienes permanezcan más de 180 días acumulados al año en el país o acrediten arraigo mediante vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales.

También se elimina el límite anterior de 24 meses de permanencia en el exterior, una disposición que durante años afectó la relación legal de numerosos emigrados con el Estado cubano.

Según la información oficial, la nueva normativa establece que no existe restricción temporal para la estancia fuera del país y que se detiene el incremento automático de la condición de emigrado.

Esta regulación había sido una de las principales fuentes de conflicto con la diáspora, estimada en más de dos millones de personas.

Aunque la ley de migración fue aprobada el 19 de julio de 2024, su entrada en vigor quedó condicionada a su publicación en la Gaceta Oficial, proceso que se retrasó casi dos años sin que se ofrecieran explicaciones públicas durante ese período.

En el ámbito de la ciudadanía, las normas introducen el concepto de ciudadanía efectiva, que permite poseer otra ciudadanía sin perder la cubana, aunque se mantiene la obligación de usar esta última en los actos jurídicos dentro del territorio nacional.

Además, se crean nuevas categorías migratorias, como residente provisional y residente humanitario, y se amplían las causales para acceder a la residencia permanente.

La publicación incluye el Decreto Ley 117/2026, firmado el 15 de abril por Juan Esteban Lazo Hernández, que crea la condición migratoria de inversores y de negocios para emigrados interesados en participar en la economía del país.

Esta figura se implementa antes de la entrada en vigor de la ley 171, anunciada en marzo como parte de medidas orientadas a la vinculación económica con la emigración.

Los solicitantes podrán tramitar esta condición en consulados o en oficinas del Ministerio del Interior, con un plazo de respuesta de hasta 30 días hábiles. El costo del trámite es de 3 500 pesos cubanos, según la Resolución 93/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios.

De acuerdo con el Decreto 150/2026, firmado por Manuel Marrero Cruz, quienes obtengan esta condición serán equiparados en derechos a los residentes mientras permanezcan en el país.

Las nuevas regulaciones se producen en un contexto de persistente cautela entre sectores de la diáspora, marcada por antecedentes de cambios normativos, demoras administrativas y falta de garantías jurídicas estables en iniciativas previas relacionadas con inversión y estatus migratorio.